María Virgo assúmpta est ad aethéreum thálamum. In quo Rex regum stelláto sedet sólio
ORATIO
Omnípotens Sempitérne Deus, qui Immaculátam Vírginem Maríam, Fílii tui Genetrícem, córpore et ánima ad caeléstem glóriam assumpsísti: concéde quaésumus; ut, ad supérna semper inténti, ipsíus glóriae mereámur esse consórtes. Per eúndem Dóminum.
El 1 de noviembre de 1950 definía Pío XII el dogma de la Asunción. Proclamaba
así solemnemente que la creencia según la cual la Santísima Virgen
María, al final de su vida terrestre, fue elevada, en cuerpo y alma, a la
gloria del cielo, forma parte realmente del depósito de la fe recibido de los
apóstoles. La Virgen Inmaculada,
“bendita entre todas las mujeres”, por razón de su divina maternidad, y que había
recibido desde su concepción el privilegio de ser inmune del pecado original,
tampoco debía conocer la corrupción del sepulcro. Para evitar todo dato
incierto, el Papa se ha abstenido de precisar la manera y las circunstancias de
tiempo y lugar en que debió de realizarse de Asunción. Únicamente el hecho de la Asunción de María en
cuerpo y alma a la gloria del cielo es el objeto de la definición.
En la liturgia se encuentra el culto de la Asunción desde el siglo
VI, en Oriente, y desde el VII, en Roma. En Jerusalén, en Constantinopla y en
Roma se organizaba también una procesión en honor de la Santísima Virgen.
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